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Marco regulatorio

Código GPAI: quién lo ha firmado y qué demuestra realmente

El Código GPAI es una ruta voluntaria para demostrar cumplimiento del AI Act, no una inmunidad. Esta guía conecta firmantes, capítulos, obligaciones y evidencias comprobables.

Admin IA360 5 min de lectura Generado con IA Read in English
Código GPAI: quién lo ha firmado y qué demuestra realmente

El 10 de julio de 2025 se publicó el Código de Buenas Prácticas para modelos de IA de propósito general, o GPAI Code of Practice. La Comisión Europea lo define como una herramienta voluntaria para ayudar a los proveedores a demostrar cómo cumplen obligaciones del AI Act. No es una ley nueva, una autorización para vender cualquier modelo ni un certificado permanente de buena conducta.

La diferencia importa para una empresa que compra una API, integra un modelo o evalúa a un proveedor. Un logotipo en la lista de firmantes informa de la ruta de cumplimiento elegida; no dice por sí solo qué modelo está cubierto, qué riesgos se evaluaron ni si una medida concreta funciona. Esas respuestas viven en documentos, procesos y evidencias que deben poder asociarse a una obligación.

La capacidad transferible consiste en leer cualquier promesa regulatoria mediante una cadena de cinco preguntas: qué obligación legal existe, a quién se aplica, qué compromiso operativo la desarrolla, qué evidencia lo demuestra y para qué modelo y versión vale. Si falta un eslabón, la firma sigue siendo información útil, pero no permite concluir cumplimiento.

Primero, separar la ley del camino voluntario

El artículo 53 del Reglamento (UE) 2024/1689 obliga a los proveedores de modelos GPAI cubiertos a mantener documentación técnica, facilitar información a quienes integran el modelo, aplicar una política de cumplimiento del derecho de autor y publicar un resumen suficientemente detallado del contenido de entrenamiento. El artículo 55 añade para los modelos GPAI con riesgo sistémico deberes de evaluación, mitigación, seguimiento de incidentes y ciberseguridad.

El Código convierte parte de esas obligaciones en compromisos y medidas más concretos. Los capítulos de transparencia y copyright sirven para demostrar cumplimiento del artículo 53; seguridad y protección se dirige al grupo más reducido sujeto al artículo 55. La guía de alcance de la Comisión recuerda que las obligaciones GPAI entraron en aplicación el 2 de agosto de 2025 y también delimita quién es proveedor, cuándo una modificación sustancial puede crear un nuevo proveedor y qué exenciones parciales existen para determinados modelos con licencia libre y abierta.

Adherirse es voluntario; cumplir la ley no. El artículo 53 permite apoyarse en códigos de buenas prácticas mientras no haya una norma armonizada que cubra la obligación. Quien no se adhiera debe demostrar medios alternativos adecuados. La presunción formal de conformidad está vinculada a las normas armonizadas europeas en la medida en que cubran las obligaciones, no a la mera aparición de una empresa en la lista del Código.

Quién figura como firmante y qué no dice la lista

En la consulta del 31 de julio de 2026, la lista oficial mantenida por la Comisión recogía 23 firmantes del Código completo: Accexible, AI Studio Delta, Aleph Alpha, Almawave, Amazon, Anthropic, Black Forest Labs, Bria AI, Cohere, Domyn, Dweve, Fastweb, Google, IBM, Lawise, LINAGORA, Microsoft, Mistral AI, Open Hippo, OpenAI, Pleias, ServiceNow y WRITER. La propia página avisa de que puede incorporar firmas a medida que se confirman; es una fotografía fechada, no un censo inmutable.

xAI aparece en una posición distinta: se adhirió solo al capítulo de seguridad y protección. Por tanto, esa adhesión no cubre la vía del Código para transparencia y copyright, que debe demostrar mediante medios alternativos adecuados. Decir simplemente que xAI “firmó el Código” borraría una diferencia material.

La unidad correcta de análisis tampoco es siempre la empresa. Una compañía puede ofrecer modelos anteriores y posteriores a la fecha de aplicación, versiones con alcances distintos o productos que no son en sí mismos modelos GPAI. La firma identifica al proveedor que asume compromisos; la evidencia debe identificar modelos, versiones, fechas y medidas. Para una compra, esa granularidad vale más que contar nombres conocidos en una lista.

Transparencia: documentación no significa publicación total

El capítulo oficial de transparencia contiene tres medidas. Los firmantes preparan documentación del modelo con el formulario común, la actualizan cuando cambian datos relevantes y controlan su calidad, integridad y seguridad. La documentación permite que los integradores comprendan capacidades y limitaciones y que las autoridades ejerzan su supervisión.

Hay un límite que evita una lectura exagerada: no toda la información del formulario se publica en internet. El documento distingue lo destinado a proveedores posteriores de lo destinado al AI Office o a autoridades nacionales. Esta última información se facilita tras una solicitud con base jurídica y finalidad, y debe limitarse a lo estrictamente necesario para la tarea de supervisión. También siguen vigentes las protecciones de propiedad intelectual, información empresarial confidencial y secretos comerciales.

Por eso “transparente” no equivale a “abierto por completo”. Una comprobación seria pregunta si la documentación está actualizada, si explica capacidades y limitaciones para el uso concreto y si existe un canal para pedir información adicional pertinente. Un PDF de marketing sin versión, destinatario ni historial de cambios no satisface esa prueba.

Copyright: política, acceso lícito y reservas de derechos

El capítulo oficial de copyright exige una política implantada y actualizada para cumplir el derecho de autor de la Unión. Si el proveedor rastrea la web, se compromete a no eludir medidas tecnológicas efectivas que restringen el acceso, como muros de pago, y a excluir sitios reconocidos en el momento del rastreo por ofrecer de forma persistente y reiterada contenido infractor.

También debe emplear tecnologías adecuadas para identificar y respetar reservas de derechos legibles por máquina. El Código menciona seguir instrucciones expresadas mediante el protocolo de exclusión de robots, robots.txt, y contempla estándares ampliamente adoptados y técnicamente aplicables. No convierte robots.txt en una resolución judicial ni decide disputas sobre titularidad: organiza una práctica de cumplimiento que luego puede ser evaluada.

El capítulo añade salvaguardas proporcionadas frente a salidas que reproduzcan contenido protegido de forma infractora, condiciones de uso que prohíban esos usos, un punto de contacto electrónico y un mecanismo accesible de reclamaciones. La evidencia útil, por tanto, no es “tenemos una política”: es la versión de la política, cómo funciona el rastreador, cómo registra reservas, qué controles actúan sobre las salidas y cómo se tramitan quejas suficientemente precisas.

Seguridad: solo para riesgo sistémico, durante todo el ciclo

El capítulo oficial de seguridad y protección no se aplica a todo modelo GPAI. Sus compromisos corresponden a proveedores de modelos con riesgo sistémico. El núcleo es un marco de seguridad de última generación que describa procesos de evaluación y mitigación, criterios para decidir si el riesgo es aceptable, niveles o umbrales internos, responsables y procedimientos de actualización.

El marco no puede quedarse en una declaración inicial. El firmante debe aplicarlo a lo largo del ciclo del modelo, identificar escenarios de riesgo, analizar probabilidad y gravedad, evaluar capacidades y propensiones, introducir mitigaciones y volver a evaluar. Incidentes graves, cuasiincidentes, cambios de riesgo o mejoras relevantes del estado de la técnica pueden activar una revisión. Las actualizaciones llevan registro de qué cambió y por qué, y el AI Office recibe acceso al marco y sus actualizaciones conforme al capítulo.

Esta estructura permite distinguir una promesa de un control. “Evaluamos la seguridad” es una afirmación; un inventario de riesgos, protocolos de prueba, criterios de aceptación, resultados, mitigaciones, responsables y registro de incidentes forman una cadena auditable. Firmar compromete al proveedor con ese método, pero el propio Código aclara que la adhesión no constituye prueba concluyente de cumplimiento.

Cómo comprobar a un proveedor sin confundir señales

Para evaluar una oferta conviene empezar por el modelo y su versión, no por la reputación general de la empresa. Después se identifica si el modelo entra en el ámbito GPAI, si presenta riesgo sistémico y qué capítulos ha firmado el proveedor. Esa clasificación determina qué evidencias tiene sentido pedir.

En transparencia: documentación fechada, capacidades, limitaciones, condiciones de integración y canal de actualización. En copyright: política vigente, tratamiento de restricciones de acceso y reservas legibles por máquina, controles de salida y reclamaciones. En seguridad sistémica: marco, escenarios, evaluaciones, criterios de aceptación, mitigaciones, gobernanza e incidentes. Ningún documento aislado responde a todas las capas.

No firmar tampoco prueba incumplimiento. Significa que el proveedor ha elegido otra ruta y debe poder explicar medios alternativos adecuados a la autoridad. Firmar reduce incertidumbre sobre el método; no elimina la comprobación. La pregunta duradera no es “¿está su nombre en la lista?”, sino “¿qué obligación, para qué modelo, se demuestra con qué evidencia y bajo qué límite?”. Esa cadena conserva su utilidad aunque cambien los firmantes, las versiones y las normas técnicas.

Este artículo se ha elaborado con inteligencia artificial bajo supervisión editorial humana.

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